La Autoridad de control de Polonia ha sancionado a una entidad bancaria con 80.000€ por inclumplir la obligación de comunicar a los interesados la existencia de una brecha de seguridad.

En este sentido, recordó la Autoridad que la obligación de comunicar la violación de datos personales al interesado no depende de la ocurrencia de efectos adversos para dicha persona, sino de la mera posibilidad de que ocurran.

Sin embargo, el banco consideró como medio el riesgo y por ello no comunicó la brecha a la entidad de control, además, no cumplió plenamente con su obligación de comunicarla a los interesados.

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