La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado con 510.000 euros a numerosas webs pornográficas, gestionadas a través de una misma productora, por permitir el acceso a menores de edad a sus webs.

Entiende la Agencia que dichas webs no proporcionan ningún mecanismo para poder comprobar ni verificar la edad de los usuarios que acceden a estas. Dicho acto supone desatender el deber de adopción de medidas apropiadas por parte de los responsables del tratamiento; pues al tratarse de un tratamiento en el que se pueden ver afectados menores de edad, se exige de la adopción de medidas mitigadoras de los riesgos.

Así mismo, se ha observado a lo largo de la investigación que las webs no cumplen con las obligaciones en relación con las cookies, tal y como se desprende de la normativa.

Los expertos señalan la sanción como una actuación sin precedentes por parte de la Agencia, pues el procedimiento, a diferencia del resto, no fue iniciado mediante una denuncia, sino de oficio por la propia directora de la AEPD.

Otro punto interesante es el hecho de que estas webs solicitan el DNI o Pasaporte para atender el ejercicio de derechos de los interesados. Actuación en todo caso sancionada por parte de la AEPD, pues entiende que dichos datos tan sólo deben ser solicitados en caso de duda a la hora de identificar a una persona, no de forma previa.

En total, han sido emitidas once sanciones que van desde los 5.000 hasta los 125.000 euros.

La resolución, recurrible ante la Audiencia Nacional, exige a la empresa sancionada la adopción de medidas de seguridad apropiadas que permitan verificar la identidad de los usuarios que acceden a las páginas de su propiedad, garantizando así su mayoría de edad.

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