Recientemente, el Ayuntamiento de Sevilla fue víctima de un ciberataque que comprometió sus servicios informáticos.

Aunque el consistorio ha informado de que no hay ninguna evidencia de que los datos personales de la ciudadanía se hayan visto afectados por el incidente, este incidente genera un interesante debate.

La potencial cantidad de datos personales afectados por un incidente de este tipo debería promover la adopción e integración de medidas de seguridad por parte de las Administraciones Públicas (AAPP).

No obstante, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) no tiene potestad para la imposición de multas a las AAPP, tan solo de apercibimientos.

Esto provoca, que a la hora de la verdad, las AAPP no se vean obligadas a invertir en seguridad, dado que no pueden ser objeto de sanción por parte de la AEPD.

Con relación a esta circunstancia, el abogado experto en privacidad y protección de datos objeto de esta entrevista, considera recomendable la imposición a las AAPP de las mismas multas que se imponen a las pymes, con el fin de que estas se tomen en serio la seguridad de la información y la formación en dicha materia.

Finalmente, resulta relevante recordar algunos de los apercibimientos más destacados impuestos a las AAPP; como la filtración de correos sufrida por el Servicio de Empleo Público (SEPE), el envío de correos por parte de la Dirección General de la Guardia Civil o el envío de una carta no certificada que realizó el Ayuntamiento de Santiago de Compostela.

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