La AEPD ha habilitado un nuevo formulario para que los responsables cumplan más fácilmente con la obligación de notificar brechas de seguridad.

Este nuevo formulario facilita y simplifica el proceso de notificación para los responsables, conduciéndoles por una serie de preguntas concretas. El objetivo, radica en conocer los elementos de mayor importancias que deben acometer en la notificación.

Se establecen dos tipos de notificaciones:

  • Nueva;
  • Modificación de una notificación previa: para casos en los que no se dispone de la información completa en las primeras 72 horas.

Asimismo, la AEPD establecerá un canal de comunicación común con los responsables del tratamiento a través de una Dirección Electrónica Habilitada. Así, se dispondrá de una vía de comunicación mediante la cual se recibirá toda la información sobre el estado de la notificación u otro tipo de requerimiento.

Cabe señalar, que la notificación a la Agencia de una brecha de seguridad que afecte a datos personales se encuadra dentro de la responsabilidad activa recogida en en el art. 5.2 del RGPD. Habrá que notificar una brecha cuando constituya un riesgo para los derechos y libertades de los interesados. Además, notificar correctamente es una evidencia de la diligencia de la organización.

Observatorio de privacidad y derechos digitales

Para más información: Enlace Sede electrónica para notificación de brechas y Guía de Notificación de brechas.

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